Derecho al olvido en internet

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Las personas tenemos derecho al olvido en internet, sobre todo en aquellas situaciones en las que la información publicada colisiona con nuestro derecho a la privacidad y con la protección de nuestros intereses. El avance tecnológico y la masificación de las redes sociales han permitido que la información sobre nuestras vidas esté más expuesta que nunca. Aunque la difusión de datos puede tener sus beneficios, también conlleva riesgos significativos. Es por eso que el derecho al olvido se ha convertido en una demanda cada vez más importante en la era digital.

El derecho al olvido es un concepto que busca proteger a las personas de las consecuencias negativas que pueden surgir de la permanencia indefinida de información en internet. Puede ser especialmente relevante en casos de error, difamación o situaciones en las que la información almacenada afecte negativamente la reputación de una persona.

No obstante, es importante encontrar un equilibrio entre el derecho al olvido y la libertad de expresión. Dado que internet es un espacio público, la eliminación total de la información puede limitar la capacidad de las personas para informarse y discutir temas relevantes. Por lo tanto, es necesario establecer criterios claros y mecanismos adecuados para evaluar cada caso individualmente y determinar si la eliminación de cierta información está justificada.

Tan importante como la regulación legal al respecto, es educar a las personas para hacer un uso responsable de internet y de las redes sociales, pues es una especie de patio de vecinas en la que el eco de lo que dices, se queda resonando durante mucho tiempo… Es muy importante enseñar a las personas más jóvenes a proteger su privacidad en línea, y luego también debemos aprender, conforme vamos creciendo en años, a manejar las situaciones en las que la información personal se publica sin nuestro consentimiento.

Los motores de búsqueda en internet, como Google, desempeñan un papel fundamental al rastrear constantemente la vasta cantidad de información disponible en la web. Lo hacen a través de la utilización de «robots» que exploran e indexan el contenido de todas las páginas. Cuando hablamos de «indexar», nos referimos al proceso mediante el cual estos motores de búsqueda organizan y almacenan la información obtenida de las páginas web.

El ejercicio del derecho al olvido consiste en solicitar a los buscadores de internet, como Google, que cuando introducimos nuestro nombre y apellidos, no aparezcan en los resultados de búsqueda las páginas web en las que se nos menciona.

Esta solicitud se realiza cuando la presencia de dicha información nos causa algún tipo de perjuicio que no está justificado por otros intereses, como por ejemplo, el derecho a la información del público.

La importancia de este derecho radica en la necesidad de proteger la privacidad y la reputación de las personas en el mundo en línea. En ocasiones, cierta información antigua o irrelevante puede seguir apareciendo en los resultados de búsqueda, lo cual puede perjudicar a una persona en su vida personal o profesional.

Es importante destacar que el ejercicio del derecho al olvido no es absoluto, ya que se debe encontrar un equilibrio entre el derecho a la privacidad, y el derecho a la información. Los buscadores de internet deben evaluar cada caso de manera individual y determinar si la solicitud cumple con los criterios necesarios para eliminar la información de los resultados de búsqueda.

Es importante destacar que el derecho al olvido no implica eliminar la información de manera definitiva de internet, sino que se realiza únicamente en los resultados de búsqueda de los buscadores.

Esto significa que la información seguirá estando disponible en la página web original, pero no será tan accesible a través de los motores de búsqueda.

En conclusión, el ejercicio del derecho al olvido es una herramienta importante para proteger la privacidad y la reputación de las personas en el entorno digital, y los buscadores de internet juegan un papel crucial en la evaluación y aplicación de este derecho, garantizando así un equilibrio justo para todos los involucrados.

Este derecho, conocido como el «derecho al olvido», fue consagrado por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso «Costeja» el 13 de mayo de 2014. El caso fue promovido por la Agencia Española de Protección de Datos a iniciativa de un ciudadano español llamado Mario Costeja, quien presentó una demanda contra Google, así como aseveró que «luchar contra google es luchar contra Dios», pero Coteja ganó la contienda.

En esta sentencia, el Tribunal de Justicia estableció que los motores de búsqueda como Google pueden ser considerados responsables de la protección de datos personales y, por lo tanto, están obligados a eliminar enlaces a información personal si se cumplen ciertos requisitos.

La sentencia se basó en el principio de que los individuos tienen el derecho a controlar la información que aparece en los resultados de búsqueda, y el derecho a proteger su privacidad en línea. Esto significa que si una persona considera que ciertos resultados de búsqueda son inexactos, irrelevantes o ya no son relevantes, puede solicitar a los buscadores que eliminen los enlaces que contienen esa información.

Sin embargo, es importante destacar que el «derecho al olvido» no es absoluto y debe equilibrarse con otros derechos, como la libertad de expresión y el interés público. El Tribunal estableció que los buscadores deben evaluar cada solicitud, caso por caso, considerando factores como la naturaleza de la información, el interés del público y el papel desempeñado por la persona en cuestión en la vida pública.

El derecho al olvido en búsquedas en internet está actualmente regulado por el artículo 93 de la LOPDyGDD que dice que:

“1. Toda persona tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de su nombre, los enlaces publicados que contuvieran información relativa a esa persona cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información.

Del mismo modo deberá procederse cuando las circunstancias personales que en su caso invocase el afectado evidenciasen la prevalencia de sus derechos sobre el mantenimiento de los enlaces por el servicio de búsqueda en Internet.

Este derecho subsistirá aun cuando fuera lícita la conservación de la información publicada en el sitio web al que se dirigiera el enlace y no se procediese por la misma a su borrado previo o simultáneo.

2. El ejercicio del derecho al que se refiere este artículo no impedirá el acceso a la información publicada en el sitio web a través de la utilización de otros criterios de búsqueda distintos del nombre de quien ejerciera el derecho.”

Por su parte el artículo 94 de la LOPDyGDD regula el mismo derecho al olvido en servicios de redes sociales.

Por ejemplo: 

Supongamos el caso de una persona que padezca algún tipo de enfermedad y que haya asistido a eventos públicos, por ejemplo, por ser miembro de alguna asociación relacionada. Imagina que han pasado algunos años y esa persona se encuentra buscando trabajo. Hoy en día, lo primero que se hace en selección de personal cuando reciben un currículum es poner el nombre y apellidos de la persona postulante en google, y en redes sociales, para ver qué sale. No podemos tener total certeza de que el dato de la enfermedad no nos pueda perjudicar en el presente, la empresa no tiene por qué disponer de esa información tan personal, y puede ser un elemento diferenciador excluyente para la persona. Es que no lo sabemos.

En el derecho al olvido hay que ponderar el derecho a la privacidad y la protección de las personas interesadas, con el interés económico del motor de búsqueda o la red social y el del público en tener el mayor acceso posible a cualquier información.

Inmaculada Asensio Fernández.

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