Propuestas de reflexión y enmienda al Anteproyecto de Ley Andaluza de Servicios Sociales.

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 Propuestas de reflexión y enmienda al Anteproyecto de Ley Andaluza de Servicios Sociales. Una visión crítica y constructiva.

Estas últimas dos semanas he decidido dedicar mi tiempo libre y de ocio a la lectura y estudio del Anteproyecto de Ley de Servicios Sociales de Andalucía, y me apetece compartir con todos y todas mis primeras impresiones; y digo primeras, porque mañana me reúno con un grupo de profesionales del trabajo social para debatirla en más profundidad, y puede que mi análisis inicial sufra algún tipo de modificación, fruto del alcance del debate que llevemos a cabo.

A través de esta entrada de blog, quiero compartir los aspectos que –a bote pronto – más han llamado mi atención, e incluso me preocupan, respecto al citado Anteproyecto de ley.

INTRODUCCIÓN

El día 5 de Agosto del presente, se publicó en BOJA el anteproyecto de Ley de Servicios Sociales de Andalucía (http://juntadeandalucia.es/eboja/2014/156/BOJA14-156-00001-13807-01_00053286.pdf) , sometiéndolo a información pública, para que las personas, colectivos y entidades que lo deseen, puedan hacer las aportaciones, enmiendas o propuestas que consideren para mejorar el texto legal, que casi con toda seguridad servirá de marco de referencia de los servicios sociales en Andalucía para los próximos 20 años.

Este es un momento muy delicado respecto a todo lo concerniente a las políticas sociales en España, pero no solamente por la crisis económica que estamos atravesando, sino porque hay un descontento y desconfianza generalizados hacia las personas que gestionan las cuestiones de interés público. Esta desconfianza no sólo se debe a todos los escándalos relacionados con la clase política y sus desmanes, que diariamente amenizan telediarios y programas televisivos varios, sino porque la ciudadanía ya no sabe bien distinguir entre ideología de izquierdas, de derechas o de centro (como se ha venido clasificando en el lenguaje coloquial en nuestra comunidad); y cualquier cambio legislativo que afecte tan descaradamente al interés colectivo, remueve los cimientos de las conciencias de los ciudadanos y las ciudadanas, así como contribuye a su exaltación y mayor desconfianza (véase Anteproyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local: http://www.juntadeandalucia.es/administracionlocalyrelacionesinstitucionales/fororeforma/wp-content/uploads/2013/09/proyectodeley6_9_2013.pdf )

DESARROLLO DE LOS ASPECTOS DEL ANTEPROYECTO PROPUESTOS PARA REVISIÓN O MEJORA

Las palabras FAMILIA, GRUPOS y COMUNIDADES… brillan por su –casi- total ausencia.

Un aspecto que llama poderosamente mi atención es que el texto legal del Anteproyecto de Ley, tiene un lenguaje que refleja un giro importante en cuanto a la concepción del abordaje de las situaciones de riesgo, necesidad o vulnerabilidad, dirigidas y centradas en la persona. Apenas se mencionan las palabras familia, grupos y comunidades ¿Acaso se puede sospechar que hay una tendencia al individualismo?

Siguiendo a Tropman, el “individualismo” hace referencia a la costumbre o tendencia de enfocarse en el individuo y no en la familia o el grupo como unidad de análisis (Tropman, J. E. (1989). American values and social welfare: Cultural contradictions in the welfare state. Englecliffs, New Jersey: Prentice Hall Publishers).

En casi todo el texto del Anteproyecto de Ley se alude al término persona, obviando casi por completo los términos grupo o comunidad, como importantes estructuras de análisis y evaluación y tratamiento de los problemas sociales, y propone una metodología de intervención centrada en la persona y sus necesidades. Esto no tiene porqué ser negativo, salvo que la tendencia de los profesionales de lo social se dirija hacia la gestión y atención de lo MICRO, obviando por tanto de los procesos MACRO, orientados y dirigidos por y hacia grupos y colectivos, que son los que verdaderamente pueden producir cambios en las estructuras sociales que generan las situaciones de injusticia, riesgo y vulnerabilidad social. Este cambio de tendencia parece responder a una tendencia político- económica de corte neoliberal, en lo que a atención y gestión de las demandas e intereses de la población se refiere.

Particularmente, considero que cualquier ley de servicios sociales que se precie, no puede pasar por alto la importancia ni el valor que el sistema ha de conferir a las familias, a los grupos y a las comunidades. Como señalaba Paulo Freire, de lo que se trata no es de devolverle el poder al pueblo, sino de no arrebatárselo.  

Entonces, ¿Sabemos ya lo que son los servicios sociales y cuál es su objeto de intervención, o seguimos en pañales?

pañales

Me preocupa -al igual que a otras y otros colegas de profesión- que después de una trayectoria de 26 años de Ley Andaluza de Servicios Sociales, no parece concretarse a qué se dedican los dichosos servicios sociales. La colega Belén Navarro apuntaba acertadamente en su última entrada de blog ( http://www.belennavarro.es/2014/08/criticas-la-nueva-ley-de-servicios_20.html )  que sigue sin definirse claramente cuál es el objeto de intervención de los servicios sociales, y yo estoy de acuerdo con ella.

 Parece ser que los servicios sociales se concretan en una serie de recursos, servicios y prestaciones que se crean para dar respuesta al objetivo de la protección social (…); pero ¿protección social de quién o quiénes? ¿para qué o quiénes? No entiendo la dificultad que puede entrañar dejar claro a qué se dedican los servicios sociales, máxime en un momento tan complejo como el que llevamos sufriendo desde el año 2008 en España. Protección social es un concepto demasiado amplio que abarca a diferentes sistemas (salud, educación, justicia, servicios sociales…), pero los servicios sociales se dirigen a las personas que se encuentran en riesgo o situación de necesidad social; personas afectadas por procesos de exclusión social o marginación. Los servicios sociales, además, toman la fuerza y el impulso del tan mencionado y consabido principio de justicia social, que no es más que (así en plan basto) que proveer a las personas, grupos y comunidades de los recursos necesarios para asegurar su subsistencia y un nivel adecuado de calidad de vida. Desde luego se puede concretar más; sin embargo nuestra “nueva” Ley se presenta imprecisa y vaga, en definición y delimitación, y esto es algo que volveremos a arrastrar durante muchos años.

Qué tan difícil es conferir a los servicios sociales el lugar que les corresponde en el sistema, con su correspondiente identidad, la de ellos, y la de sus profesionales y personas, grupos y comunidades a los que dirige su intervención.

¿Es verdad ese rumor que está corriendo como la pólvora sobre la creciente tendencia a la  privatización de los servicios sociales?

El presente Anteproyecto de Ley abre una puerta de par en par a la gestión privada de los servicios sociales, cosa que preocupa a los y las profesionales del sector. Tengo la sensación de que los servicios sociales, que hasta la fecha han sido considerados como garantías públicas para todas las personas en situación de vulnerabilidad, afectadas por procesos de exclusión social o en situaciones de necesidad, están comenzando a acercarse a diferentes formas de gestión privatizada, sobre todo cuando el texto abre manga ancha a empresas y entidades de todo tipo con ánimo de lucro, bajo criterios de efectividad y calidad.

Las empresas o entidades con ánimo de lucro tienen un único objetivo, que es el de ser rentables y obtener los máximos beneficios; y esto no lo digo yo: es el ABC de la carrera de empresariales.  

Gran parte de las necesidades que sufren las personas en los países industrializados y más desarrollados tienen mucho que ver con las consecuencias del despiadado sistema capitalista. Lo que está claro, es que cualquier persona que en este momento esté leyendo esta entrada de blog, a lo largo de su vida puede haber sufrido, estar sufriendo ahora o sufrir en un futuro cualquier tipo de necesidad o situación de vulnerabilidad o riesgo social, y todas estas brechas del sistema son responsabilidad de todos y de todas. Y en un sistema democrático con el nuestro, la responsabilidad debería recaer, sobre todo, en los representantes que libremente hemos elegido por sufragio universal. Entonces… ¿Qué pasa? ¿Dónde está el problema para garantizar y para remover todas esas causas estructurales que generan esas situaciones de dificultad, vulnerabilidad, marginación o pobreza? ¿Estamos seguros de que mediante la privatización las personas recibirán mejores servicios y con mayores garantías? Me asusta pensar que no. Las empresas “no se casan con nadie”, así que ¡OJO!

Un aspecto que me parece importante resaltar, es que debería quedar claro en el texto que a la hora de establecer contratos de colaboración para la prestación de determinados servicios sociales, las administraciones deben dar prioridad a las entidades de carácter NO LUCRATIVO que cumplan un bien de interés social o de utilidad pública.

No se menciona ni una sola vez en el Anteproyecto la palabra MEDIACIÓN FAMILIAR, y eso que estamos en el momento de la historia en el que más divorcios y separaciones hay en la población, superando con creces el número de matrimonios y uniones de hecho, con el consiguiente aumento de los litigios y disputas familiares, con una repercusión directa en las personas más vulnerables de las familias.

La sociedad avanza hacia nuevas formas de agrupación familiar y convivencial, de manera que la diversidad es la nota característica. Y fruto de esta diversidad surgen conflictos y necesidades nuevas en las personas. A nivel europeo se fomenta la mediación como estrategia fundamental para la gestión de los conflictos en el seno de las familias, sin embargo este Anteproyecto de ley no ha mencionado ni de soslayo la palabra mediación, ni mucho menos familiar, con todo lo que ello puede suponer para la mejora de las relaciones familiares y las condiciones de vida de las personas.

Reserva de plazas residenciales  para casos urgentes: detección de malos tratos. Este debería ser un derecho de las personas usuarias de los servicios sociales

Esta reserva de plazas residenciales garantizaría la actuación inmediata en un plazo no superior a 24 horas, lo que garantizaría que la actuación en caso de malos tratos sea un éxito. La ley de servicios sociales del País Vasco regula, por ejemplo, la reserva de plazas residenciales para la actuación inmediata en caso de detección de malos tratos. Personalmente considero que hay un desarrollo normativo insuficiente para abordar estos casos de maltrato o violencia intrafamiliar, sobre todo relacionados con las personas mayores, realidad ésta que continua muy invisibilizada en nuestra cultura.

Se habla mucho de recursos, y poco de intervención profesional y técnica.

Parece que sigue vivo ese mito acerca de que los y las profesionales de lo social se dedican simplemente a la gestión de recursos y ayudas… “la paguica” como inocentemente lo nombran muchas personas.

Avanzo en la lectura del Anteproyecto  y compruebo que casi todo el tiempo se habla de “paquetes integrados de servicios”, recursos, prestaciones… pero ¿y todo lo demás que hacemos las y los profesionales de los servicios sociales?

En el año 2009 tuve la oportunidad de realizar una estancia de un mes en la Universidad de Costa Rica. Recuerdo que mi compañera de piso por aquel entonces, una licenciada en trabajo social costarricense, que contaba con más de 55 años en su haber y experiencia, en cierta ocasión me dijo: “Inmaculada, aquí en América Latina no contamos –como ustedes- con recursos para intervenir con las personas, al menos no con tantos. Por este motivo el trabajo social que aquí llevamos a cabo, está muy centrado en la intervención, en el asesoramiento, en la orientación familiar, grupal y comunitaria, para generar procesos de cambio, mejora y autogestión en los grupos y en las comunidades”. Aquello se me quedó grabado, y me dije: -¿Por qué en mi país, para hablar de trabajo social o de servicios sociales, se comienza a hablar casi siempre de recursos? Sigo sin poder dar respuesta a esta pregunta, o a esta tendencia tan generalizada. Esto produce un inevitable sesgo en la concepción de la labor de los profesionales de los servicios sociales, de lo que se espera de ellos y de lo que puede demandar la población, y –por qué no decirlo- de lo que pueden demandar las y los responsables políticos que asumen la dirección y gestión de los diferentes servicios.

Ojalá que la participación ciudadana no sea sólo un lema, y que tenga contenido y cauces para llevarla a cabo.

Dentro de los objetivos de la participación ciudadana, observo que se van a crear mecanismos, cauces, órganos… bla bla bla. Concreción, eso es lo que echo de menos. De igual modo, un objetivo importante y no recogido en el artículo 13 del Anteproyecto sobre objetivos de la participación, haría referencia a la participación de la ciudadanía en la detección de necesidades sociales emergentes en la población. Esto me parece que aportaría mucho valor al sistema público de servicios sociales.

CONCLUSIONES

Y por hoy, concluyo que este anteproyecto contempla aspectos muy positivos también, como es recoger la dimensión ética dentro del campo de la intervención social, por poner un solo ejemplo y no extenderme demasiado, pues no es el objeto de esta entrada de blog. Sin embargo he preferido centrar la atención en algunos aspectos del anteproyecto que merecen revisarse con lupa.

No obstante lo dicho, tengo muchas más anotaciones y aportaciones en los márgenes de mi copia impresa del anteproyecto de ley de servicios sociales que compartiré mañana con algunas de mis colegas de profesión. Espero poder ampliar noticia.

Si quieres leer detenidamente el Anteproyecto de Ley Andaluza de Servicios Sociales, pincha en el siguiente enlace del Consejo Andaluz de Trabajo Social, donde encontrarás el texto al completo; no olvides que aún estás a tiempo de hacer propuestas de enmienda o de mejora:

http://www.catrabajosocial.es/

Autora: Inmaculada Asensio Fernández.

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