
Imagen tomada de: https://cronicaglobal.elespanol.com/vida/mejores-lugares-bienestar-maximo-barcelona_166454_102.html
Verónica decide morir es el título de un libro de Paulo Coelho que ilustra muy bien el tipo de sentimientos que acompañan a una situación de suicidio. Por desgracia para quién se suicida, el resto de personas que conserva su vida intacta puede caer en la tentación de responsabilizar en exclusiva por este hecho a la persona que ha tomado esta determinación, sin tener en cuenta los pasos – a veces muy pesados y cubiertos de barro- que la han empujado hasta allí.
En estos días he comprendido de una manera muy clara y contundente lo que significa una intromisión grave en la intimidad de una persona y la de su familia, así como la violación de un derecho que preserva la dignidad de una persona y que nadie debería obviar: la divulgación de secretos sin previo consentimiento.
El derecho de toda persona a mantener un ámbito de privacidad personal y familiar está dispuesto en el artículo 18.1 de la Constitución Española:
“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.
El honor de una persona es un aspecto de suma importancia para tener un desarrollo en sociedad adecuado y libre, de la autonomía que nos proporciona el anonimato y el hacer y ser conforme a nuestras aspiraciones, necesidades y deseos.
Según el artículo 178 del Código Penal, cualquier individuo que descubra, retenga, difunda o acceda a los datos personales de otra persona sin su consentimiento, podrá ser sancionado con pena de cárcel de uno a tres años.
La trabajadora de IVECO Verónica y su familia bien merecen que se explique claramente lo lesivo que puede llegar a ser Invadir la intimidad de una persona sin su consentimiento; este es un acto muy grave y que limita gravemente su bienestar y su autonomía… tanto que puede costarle la vida.
Verónica, trabajadora de una empresa de producción de vehículos, ha tenido que sufrir lo indecible por la difusión de un video personal con contenido sexual (de más de 5 años de antigüedad) que le ha provocado tal colapso emocional que la ha empujado a quitarse la vida.
He leído -en el muro de Facebook de una amiga que compartió la noticia con algunos comentarios de indignación- a una persona comentar que tampoco se puede responsabilizar a las personas que compartieron ese material por la muerte de esta chica. Continua señalando que las personas maduramos y que tenemos que aprender a relativizar y hacer frente a las contigencias de la vida… no le parece bien culpabilizar facilona-mente o tener una postura de victimismo que –según él- está presente hoy en dia ante cualquier suceso…
Al leer este comentario, siento que de algún modo está del lado de exonerar a las personas que ‘INOCENTEMENTE» COMPARTIERON ESE MATERIAL SEXUAL EN EL QUE APARECÍA UNA VERÓNICA 5 AÑOS MÁS JOVEN, soltera y sin hijos. Ellos lo compartieron, pero ella sola se suicidó.
¿Debemos juzgar como positivo o negativo el compartir un vídeo con contenido explícito sexual en el que aparece una compañera de trabajo (hace 5 años de la grabación de ese vídeo) y difundidos entre el personal de una empresa de más de 3000 personas, en su mayoría de género masculino?
¿Se puede culpar a la persona que tenía ese vídeo y lo compartió sin escrúpulo alguno tras conocer –según he leído en las notas de prensa- que había intentado reanudar su relación con ella, recibiendo una negativa por toda respuesta?
Si no queremos hablar del término cristiano, apostólico y romano de CULPA, al menos hablaremos del término civil RESPONSABILIDAD. Ese hombre, y todas las personas que compartieron ese vídeo, son responsables de algún modo por la muerte de Verónica, pues si no la indujeron abiertamente, desde luego si la empujaron, a través de la enorme presión social que supone saltar los límites del honor y la vergüenza… que ya sabemos que no todas las personas tienen la espalda lo suficientemente ancha como para soportar un GOLPE así.
Y ahora, ¿a quién defendemos… a Verónica o al pobre hombre que no tuvo otra cosa que hacer que compartir un vídeo de Verónica de hace más de 5 años, al parecer porque ella no deseaba estar con él…?
Hay una máxima por todo el mundo conocida: no hagas a los demás lo que no te gustaría que te hicieran a ti.
Inmaculada Asensio Fernández.