El término paternalismo hace referencia a la tendencia a aplicar las formas de autoridad y protección propias del padre en la familia tradicional, a relaciones sociales de otro tipo, como políticas, laborales, etc. Más específicamente, Gerald Dworkin establece respecto al paternalismo que:
“incluye tres elementos: la interferencia con la libertad de acción de una persona, la coerción y la presencia o ausencia de consentimiento.
Por tanto, la definición de paternalismo es «la interferencia con la libertad de acción que se justifica por razones concernientes al bienestar, a la felicidad, a las necesidades, a los intereses y valores de la persona o personas coercionadas».
Esta definición de Gerald Dworkin se cita en Paternalismo y estado de bienestar por el autor Paulette Dierten (1988:181).
Inmaculada Asensio Fernández.